Calcular finiquito baja voluntaria
Actualizado: abril 2026
Aunque te vayas tú, la empresa te debe el salario pendiente, las vacaciones que no has disfrutado y la parte proporcional de las pagas extra. Calcula el total en 2 minutos.
Por baja voluntaria no hay indemnización (ET Art. 49.1.d)
Pero sí tienes derecho a todo lo devengado: salario, vacaciones y pagas extra. La calculadora lo detalla todo.
Baja voluntaria
Tu salario
Fechas del contrato
Ajustes finales
Total a percibir
4374,74 €
¿Qué cobras exactamente al darte de baja voluntaria?
Al extinguir tú el contrato voluntariamente (ET Art. 49.1.d), la empresa no está obligada a pagarte indemnización. Sin embargo, te debe liquidar todos los conceptos salariales pendientes que hayas devengado hasta el último día trabajado:
1. Salario pendiente
Los días trabajados en el mes en curso que aún no se han abonado. Si te vas el día 15 y cobras a final de mes, la empresa te debe la nómina de esos 15 días íntegramente.
2. Vacaciones no disfrutadas
Los días de vacaciones anuales que has generado proporcionalmente hasta tu fecha de baja pero que no has podido tomar. La ley garantiza un mínimo de 22 días laborables anuales (ET Art. 38), independientemente de lo que diga tu contrato.
3. Pagas extra prorrateadas
La parte proporcional de las pagas extra del semestre en curso. Si percibes 2 pagas extra al año (junio y diciembre) y te vas en septiembre, la empresa te debe los meses de julio y agosto de la paga de diciembre.
Ejemplo práctico de cálculo
Imaginemos que Ana trabaja desde hace 3 años con un salario de 1.800 €/mes con 14 pagas. Presenta su baja voluntaria y su último día de trabajo es el 15 de septiembre. A lo largo del año ha disfrutado 10 de sus 22 días laborables de vacaciones.
// Salario diario
(1.800 € × 14 pagas) ÷ 365 días = 69,04 €/día
// Salario pendiente (15 días trabajados en septiembre)
1.800 € ÷ 30 días × 15 días = 900,00 €
// Vacaciones no disfrutadas
Días generados hasta sept: 22 × (258 días ÷ 365) = 15,6 días
Días pendientes: 15,6 − 10 disfrutados = 5,6 días
69,04 €/día × 5,6 días = 386,62 €
// Paga extra de diciembre (prorrateada jul–sep)
1.800 € × (3 meses ÷ 6 meses) = 900,00 €
TOTAL FINIQUITO = 900 + 386,62 + 900 = 2.186,62 €
Sin indemnización — ET Art. 49.1.d
El preaviso de 15 días: qué pasa si no lo cumples
La mayoría de convenios colectivos y contratos exigen un preaviso de 15 días antes de abandonar el puesto. Algunos convenios amplían este plazo a 30 días para mandos intermedios o personal técnico especializado.
Si no cumples el preaviso pactado, la empresa tiene derecho a descontarte del finiquito los días de preaviso incumplidos. Por ejemplo, con un salario de 1.800 €/mes (60 €/día) y un preaviso de 15 días sin cumplir, el descuento máximo sería de 900 €.
¿Puede la empresa retenerme contra mi voluntad?
No. La empresa no puede obligarte a continuar trabajando. Solo puede reclamarte la compensación económica equivalente al preaviso incumplido, bien descontándola del finiquito o bien demandándote por la vía laboral, aunque esta última opción es muy poco habitual en la práctica.
Baja voluntaria vs despido: comparativa
La diferencia clave entre marcharte tú o que te despidan afecta directamente a tu bolsillo y a tu derecho al paro:
| Concepto | Baja voluntaria | Despido improcedente | Despido objetivo |
|---|---|---|---|
| Indemnización | ❌ 0 días | ✅ 33 días/año (Art. 56) | ✅ 20 días/año (Art. 52) |
| Derecho a paro | ❌ No | ✅ Sí | ✅ Sí |
| Preaviso | 15 días (tú avisas) | No aplica | 15 días (empresa avisa) |
| Salario pendiente | ✅ Sí | ✅ Sí | ✅ Sí |
| Vacaciones no disfrutadas | ✅ Sí (Art. 38) | ✅ Sí (Art. 38) | ✅ Sí (Art. 38) |
| Pagas extra prorrateadas | ✅ Sí | ✅ Sí | ✅ Sí |
¿Cuándo se calcula la parte proporcional de vacaciones?
El ET garantiza un mínimo de 22 días laborables anuales de vacaciones (Art. 38). Si te vas antes de haber disfrutado todos los que te corresponden en el año natural, la empresa debe pagarte los días pendientes en el finiquito a razón del salario diario.
El cálculo es: (días de vacaciones anuales × días trabajados en el año) ÷ 365 − días ya disfrutados. El resultado se multiplica por el salario diario bruto.
Preaviso en la baja voluntaria
Tu convenio colectivo o contrato establece el plazo de preaviso, habitualmente 15 días. Si no cumples este preaviso, la empresa puede descontarte los días incumplidos del finiquito.
Para comunicar tu baja voluntariamente, necesitas una carta escrita con la fecha de efectos. Esto genera un registro formal y evita problemas posteriores.
Descargar carta de baja voluntaria →¿Necesitas asesoramiento?
Si el cálculo no te cuadra, un abogado laboral puede revisarlo gratis.
Consulta gratuita →Preguntas frecuentes sobre baja voluntaria
¿Tengo derecho a indemnización si me voy voluntariamente?+
No. La baja voluntaria no genera derecho a indemnización (ET Art. 49.1.d). Sin embargo, sí tienes derecho a cobrar todo lo devengado: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra prorrateadas.
¿Cuánto me corresponde de finiquito por baja voluntaria?+
Depende de tu salario y de los conceptos pendientes. Recibirás: salario de los días trabajados en el último mes, el proporcional de vacaciones no disfrutadas (ET Art. 38) y la parte proporcional de las pagas extra del semestre en curso.
¿Cuánto preaviso debo dar en una baja voluntaria?+
El plazo de preaviso lo establece tu convenio colectivo o contrato, normalmente 15 días. Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte los días incumplidos del finiquito.
¿Puedo cobrar el paro si doy de baja voluntaria?+
No. La baja voluntaria no da derecho a prestación por desempleo. Solo se genera derecho al paro en caso de despido o extinción del contrato por causas ajenas al trabajador.
¿Qué diferencia hay entre baja voluntaria y despido?+
En la baja voluntaria eres tú quien decide extinguir el contrato (ET Art. 49.1.d) y no hay indemnización ni derecho a paro. En el despido es la empresa quien lo decide y, según el tipo, corresponde una indemnización de 20 a 33 días por año trabajado, además de acceder a la prestación por desempleo.
¿Necesito entregar una carta de baja voluntaria?+
Sí, es recomendable comunicarlo por escrito para que quede constancia de la fecha de efectos. Puedes descargar un modelo gratuito en nuestra página de plantillas.
¿Puede la empresa descontarme el preaviso si no lo cumplo?+
Sí. Si tu convenio o contrato establece un preaviso de 15 días y no lo cumples, la empresa puede descontar del finiquito el salario equivalente a los días de preaviso incumplidos. Por ejemplo, si te vas sin avisar y el preaviso era de 15 días con un salario de 1.800 €/mes, te pueden descontar hasta 900 € (15 días × 60 €/día).
¿Cuándo debe pagarme la empresa el finiquito por baja voluntaria?+
El día en que se extingue el contrato. Si la empresa no paga a tiempo, incurre en mora y puede recargarse con intereses. Tienes 1 año para reclamar las cantidades salariales pendientes (ET Art. 59).