Carta de Baja Voluntaria: Modelo y Plantilla Gratis (2026)
Revisado por especialistas en derecho laboral · Actualizado: abril 2026
La carta de baja voluntaria (o carta de dimisión) es el documento que el trabajador entrega a la empresa para comunicar su renuncia. Aquí tienes el modelo listo para rellenar, válido en España.
Modelo de carta de baja voluntaria
Descargar plantilla (.txt) ↓[Ciudad], [fecha] Don/Doña [nombre completo del trabajador] DNI: [número DNI] Domicilio: [dirección] A la atención de: [Nombre de la empresa] [Dirección de la empresa] Asunto: Comunicación de baja voluntaria Estimados señores/as: Por medio de la presente, le comunico mi decisión irrevocable de causar baja voluntaria en la empresa [nombre de la empresa], donde vengo prestando mis servicios desde el [fecha de inicio], en el puesto de [cargo]. Dicha baja tendrá efectos a partir del día [fecha de baja], respetando el preaviso de [X] días establecido en el convenio colectivo de aplicación / contrato de trabajo. En consecuencia, solicito la liquidación de los haberes pendientes y la entrega del finiquito correspondiente. Sin otro particular, quedo a su disposición para hacer efectiva la entrega del puesto de trabajo. Atentamente, [Firma] [Nombre completo] [DNI] [Fecha]
Al descargar se abre un archivo de texto plano que puedes editar con cualquier procesador de texto (Word, Google Docs, Pages).
Modelo sin preaviso
Si necesitas marcharte con efecto inmediato (por motivos de salud, familiares u otros), usa esta variante. Ten en cuenta que la empresa puede descontarte los días de preaviso no cumplidos del finiquito.
Modelo baja voluntaria sin preaviso
[Ciudad], [fecha] Don/Doña [nombre completo del trabajador] DNI: [número DNI] Domicilio: [dirección] A la atención de: [Nombre de la empresa] [Dirección de la empresa] Asunto: Comunicación de baja voluntaria con efecto inmediato Estimados señores/as: Por medio de la presente, le comunico mi decisión irrevocable de causar baja voluntaria en la empresa [nombre de la empresa], con efectos inmediatos a partir del día de hoy, [fecha]. Soy consciente de que el convenio colectivo establece un preaviso de [X] días, que no podré cumplir por motivos [personales / familiares / de salud — indicar el motivo]. Solicito la liquidación de los haberes pendientes y la entrega del finiquito correspondiente. Sin otro particular, Atentamente, [Firma] [Nombre completo] [DNI] [Fecha]
Instrucciones para rellenar la carta
Sustituye cada campo entre corchetes con tu información:
- [Ciudad] y [fecha] — Ciudad donde firmas la carta y fecha del día en que la entregas.
- [nombre completo del trabajador] — Tu nombre y apellidos tal como aparecen en el contrato.
- [número DNI] — Tu DNI o NIE.
- [nombre de la empresa] — Razón social completa de la empresa (la del contrato).
- [fecha de inicio] — Fecha en la que empezaste a trabajar en la empresa.
- [cargo] — Tu puesto de trabajo según contrato o nómina.
- [fecha de baja] — El último día que trabajarás (fecha de inicio + días de preaviso).
- [X] días — El número de días de preaviso que exige tu convenio (habitualmente 15).
¿Qué es la baja voluntaria?
La baja voluntaria (también llamada dimisión o renuncia) es la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador, regulada en el artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores. Es un acto unilateral — el trabajador no necesita la aceptación de la empresa para que sea efectiva.
A diferencia del despido, la baja voluntaria no genera derecho a indemnización. Sin embargo, el trabajador conserva todos sus derechos al finiquito: salario de días trabajados, vacaciones pendientes y pagas prorrateadas.
Tampoco da derecho a la prestación por desempleo (el paro) salvo en las excepciones previstas en los artículos 40 y 41 ET (traslado forzoso o modificación sustancial de condiciones de trabajo).
El preaviso de 15 días: cuándo es obligatorio
El preaviso es el tiempo que el trabajador debe comunicar su renuncia antes de que sea efectiva. Su objetivo es dar a la empresa margen para buscar un sustituto y organizar la transición del puesto.
El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo de preaviso general para la dimisión del trabajador — lo establece el convenio colectivo o el contrato de trabajo. El plazo más habitual en los convenios es de 15 días, aunque algunos sectores (banca, altos cargos) pueden exigir hasta 30 días.
Si no cumples el preaviso, la empresa está legitimada para descontarte de la liquidación final los días que no hayas preavisado, calculados a tu salario diario. Por eso, aunque no quieras seguir trabajando, conviene respetar los plazos o negociar una salida anticipada de mutuo acuerdo.
Cómo entregar la carta: burofax o email con acuse
La forma de entrega importa porque determina qué prueba tienes de que comunicaste la baja y en qué fecha. Las opciones, de mayor a menor seguridad jurídica:
- Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido: la opción más segura. Prueba fehacientemente la fecha y el contenido exacto de la carta. Coste: aproximadamente 15-20 €.
- Entrega en mano con copia sellada: entrega dos copias idénticas; pide que RRHH selle y firme la tuya indicando la fecha de recepción.
- Email con acuse de lectura: válido si queda constancia de la recepción. Guarda el email enviado y el acuse de lectura como prueba.
- Email ordinario sin acuse: la empresa podría negar haberlo recibido. Solo recomendable si tienes una relación de confianza.
La importancia de la evidencia se manifiesta si la empresa disputa la fecha efectiva de la baja (por ejemplo, para descontarte más días de salario) o si reclama daños por no cumplir el preaviso.
¿Puedes retractarte de la baja voluntaria?
Jurídicamente es complejo. Una vez entregada la carta y llegada la fecha de efectos, la extinción se ha producido. Retractarse unilateralmente no es posible — necesitas la conformidad de la empresa.
Si la empresa ha comenzado procesos de selección para reemplazarte o ha reorganizado el trabajo, puede rechazar razonablemente la retractación. El Tribunal Supremo ha establecido que la retractación solo es eficaz si la empresa la acepta expresamente antes de que la extinción produzca efectos plenos.
Si cometiste un error o actuaste bajo presión, habla directamente con la empresa. Si hay acuerdo, formalizadlo por escrito para evitar confusiones posteriores.
¿Qué pasa si no cumples el preaviso?
Si te vas antes de cumplir el período de preaviso que exige tu convenio, la empresa puede descontar del finiquito los días de preaviso que no cumpliste, calculados a tu salario diario (incluyendo parte proporcional de pagas extra).
Por ejemplo, si tu convenio exige 15 días de preaviso y solo das 5, la empresa puede descontarte 10 días de salario. Con un salario diario de 80 €, eso supone 800 € menos en el finiquito.
La empresa no puede retenerte en el trabajo contra tu voluntad, pero sí compensarse económicamente por el incumplimiento del preaviso. Si crees que el descuento es excesivo o injustificado, puedes reclamarlo ante el SMAC.
Ejemplo de finiquito con baja voluntaria
Trabajadora con salario de 1.500 €/mes con 14 pagas, 2 años de antigüedad, que comunica su baja el 15 de junio y su último día es el 30 de junio. Ha disfrutado 10 días de vacaciones en el año.
Salario diario: (1.500 × 14) ÷ 365 = 57,53 €/día
Salario pendiente (1 al 30 de junio, 30 días): 57,53 × 30 = 1.725,90 €
Vacaciones generadas (enero-junio: 181 días): 22 × (181÷365) = 10,91 días
Vacaciones pendientes: 10,91 − 10 = 0,91 días → 0,91 × 57,53 = 52,35 €
Paga extra julio prorrateada (1 ene - 30 jun: 181 días): 1.500 × (181÷180) ≈ 1.508,33 €
Paga extra diciembre prorrateada (1 jul - 30 jun: 0 días del período): 0 € (empieza nuevo período)
TOTAL FINIQUITO: 3.286,58 €
Sin indemnización — baja voluntaria (Art. 49.1.d ET)
Usa la calculadora de baja voluntaria para tu caso concreto.
¿Necesitas asesoramiento?
Si el cálculo no te cuadra, un abogado laboral puede revisarlo gratis.
Consulta gratuita →¿Quieres saber qué finiquito te corresponde?
En la baja voluntaria no hay indemnización, pero sí tienes derecho a cobrar las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de pagas extra y el salario pendiente.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la carta de baja voluntaria?+
Sí, para que la renuncia sea efectiva y evitar malentendidos, conviene comunicarla por escrito. No existe un modelo oficial obligatorio, pero la carta escrita con acuse de recibo (o burofax) protege al trabajador si hay disputas sobre la fecha efectiva de la renuncia.
¿Cuánto preaviso debo dar al dimitir?+
El plazo de preaviso habitual es de 15 días, aunque el convenio colectivo puede exigir más (algunos convenios establecen hasta 30 días para puestos de responsabilidad). Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontar los días no preavisados del finiquito como penalización.
¿La carta de baja voluntaria tiene que ir por burofax?+
No es obligatorio, pero es recomendable. El burofax acredita fehacientemente la fecha de entrega y el contenido, lo que puede ser importante si hay disputas posteriores. También vale entrega en mano con copia sellada y firmada por RRHH, o correo electrónico con acuse de recibo.
¿Puedo retirar la carta de baja voluntaria una vez entregada?+
Solo con el acuerdo de la empresa. Una vez entregada la carta, el trabajador no puede unilateralmente retractarse. Si la empresa ha iniciado procesos de sustitución o ha aceptado la dimisión, puede rechazar la retirada de la carta. La jurisprudencia es restrictiva con las retractaciones unilaterales del trabajador.
¿Qué pasa si no entrego carta y simplemente dejo de ir al trabajo?+
La empresa podría tramitar un despido disciplinario por abandono del puesto de trabajo, lo que podría afectar a tus derechos (incluida la prestación por desempleo si el convenio lo permite). Siempre es mejor comunicar la renuncia formalmente.
¿Cobro el paro si me doy de baja voluntaria?+
En general, no. La prestación por desempleo requiere que la extinción sea involuntaria. La baja voluntaria es una decisión del trabajador, por lo que no da derecho al paro. Excepciones: si la baja es consecuencia de un traslado forzoso o modificación sustancial de condiciones de trabajo (Art. 40 y 41 ET), sí puede dar derecho a la prestación.
¿Qué finiquito me corresponde si me doy de baja voluntaria?+
En la baja voluntaria no hay indemnización por despido. El finiquito incluye: salario de los días trabajados en el mes no cobrados, vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de pagas extraordinarias. No existe indemnización adicional.
¿Qué pasa si la empresa no me paga el finiquito tras la baja voluntaria?+
Tienes derecho a reclamar. Presenta papeleta ante el SMAC de tu comunidad autónoma. El plazo es de 1 año desde la extinción del contrato (Art. 59 ET). El finiquito es una deuda exigible con independencia del motivo de la extinción, y la empresa no puede retenerlo porque hayas dimitido.